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ARELITA

                                            Secretaria de Actas y Acuerdos

Areli Cristina Ayala Balderas

 

 

1.- Asisir invariablemente a las Asambleas ordinarias y extraordinarias que celebre el Comité Ejecutivo y el Consejo de Delegados Sindicales; asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias    que celebre la agrupación, levantando, en ambos casos, el Acta respectiva.

2.- Deberá llevar un libro, autorizado en la primera y última página con la firma del Secretario General; en el que hará los asientos de las actas de las sesiones que celebre el Comité Ejecutivo y el Consejo General de Delegados Sindicales y de las Asambleas de Socios, mismo que deberá ser llevado al corriente, debidamente   foliado y con las formalidades de Ley. Así mismo, en dicho libro deberán estar contenidos todos los acuerdos que se  tomen ya sea por el Comité Ejecutivo, el Consejo General de Delegados Sindicales o por la Asamblea de Socios.

3.- Oporunamente deberá recabar las firmas que autentifiquen y legalicen las actas referidas en las cláusulas anteriores.

4.- Podrá expedir y legalizar con su firma, las copias certificadas que soliciten del libro de actas, siempre que la solicitud exprese el fin y éste sea lícito.

5.- Sustituir al Secretario de Cultura en sus ausencias temporales no mayores de 60 días.